sábado, 29 de octubre de 2011

Espacios confinados

PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS.

I.- OBJETIVO

Establecer una guía de orientación para la realización  de trabajos en el interior  de recipientes, tanques o áreas confinadas a presión atmosférica de manera segura, bajo las estrictas observaciones  de las reglas e indicaciones  aquí  establecidas.

II.- ALCANCE
a- Tanques de almacenamiento, silos, calderas entre otros.
b- Espacios  abiertos con tope  de más de 1,5 m  de profundidad, tales como  pozos o bodegas, sin buena ventilación natural (según análisis de riesgo).
c- Pozos sépticos, drenajes, túneles, tuberías  y otras estructuras  similares.

1.- DEFINICIONES

1.1- Espacio Confinado o Cerrado

Un espacio confinado o cerrado, se considera a todo recinto semicerrado o cerrado, con entrada(s)  o abertura(s) restringida(s), donde puedan acumularse  gases tóxicos, inflamables , combustibles  o  existir una insuficiencia de oxigeno.

1.2- Contaminante

Un contaminante es cualquier sustancia  orgánica e inorgánica, como polvo, humos, vapor o gas, cuya presencia en el aire puede ser dañina  o   peligrosa para la salud.

1.3- Deficiencia de Oxigeno

Es una atmósfera que tiene un porcentaje de oxigeno  en el aire menor de 19,5 %.

1.4- Concentración Ambiental Permisible

Establece  la concentración de sustancia (contaminante) en el aire  por debajo de la que se pueden exponer  los trabajadores durante 8 horas y 40 horas semanales, sin tener efectos adversos en la salud.

2.- LOS PRINCIPALES RIESGOS DE UN AREA CONFINADA O CERRADA SON:

2.1- Puede faltar el oxigeno vital  antes y después  que el trabajador  haya entrado al lugar.
2.2- Pueden filtrarse en el lugar humos peligrosos.
2.3- Los gases nocivos pueden reemplazar el oxigeno.
2.4- Exposición  a sustancias tóxicas (gases, vapores o líquidos) y agentes físicos (ruidos, calor, iluminación, presión).

Un trabajador  en un espacio confinado o cerrado podrá encontrar estos riesgos  en forma individual o combinada.

3.- PROCEDIMIENTO PARA INGRESAR A UN ESPACIO CERRADO O CONFINADO.



3.1.- Antes de entrar  a cualquier lugar confinado o cerrado, se debe emitir un permiso de trabajo de acuerdo al procedimiento establecido en los  permisos de trabajo.
3.2.- Antes de permitir  la entrada de un trabajador a un espacio cerrado, este debe ser aislado  por alguno de los siguientes métodos:

A-    Remoción de la válvula, carrete o junta de expansión en la tubería, tan cerca como sea posible del espacio cerrado  y cegar o tapar  la abertura  de la tubería  hacia el espacio cerrado.
B-    Desconectar la tubería  del tanque e instalar ciegos en la línea.
C-    Cerrar válvulas, asegurar con candado  y tarjeta  (cuando el caso así  lo amerite, según evaluación de riesgo).
D-    Solo se podrá dejar conectada la tubería al tanque, cuando se realice el trabajo de haraganeo  (actividad operacional).

NOTA IMPORTANTE: No es requerido  aislar con ciegos  donde, debido a la naturaleza del trabajo y el material que se encuentra dentro del espacio cerrado no genera  ningún riesgo potencial (esta actividad deberá ser planificada  para analizar los riesgos Y aplicar los controles necesarios).

3.3.- Se deben efectuar las pruebas de gas correspondientes (suficiencia de oxigeno, explosividad y gases tóxicos),  de acuerdo  a lo establecido  en el procedimiento de permisos  de trabajo. Las pruebas se efectuaran de afuera  hacia adentro, tomando en cuenta utilizar los accesorios (sondas, varillas, etc.) de medición, y teniendo especial cuidado  con aquellas áreas  en donde  los vapores  puedan quedar atrapados.

3.4.- De ser necesario, una vez que las pruebas de gases iniciales han sido efectuadas  y se haya comprobado  plenamente  que no existen riesgos, una persona calificada  puede entrar  en el espacio confinado  y completar los análisis iniciales, examinando áreas  inaccesibles.

3.5.- Si  las evaluaciones iniciales indican que aún persiste  una atmósfera explosiva,  se debe continuar  ventilando  y purgando  hasta descender  a un  0%  del límite inferior de inflamabilidad del gas o mezcla explosiva.
3.6.- Una vez comprobado que todos los riesgos señalados  en las consideraciones  generales  no representan peligros para las personas  que entran al espacio confinado se autorizará el permiso de trabajo.

3.7.- El número de personas  que pueden laborar  dentro de un espacio cerrado, debe mantenerse al mínimo, lo cual queda determinado  por el diámetro  del recipiente  y  la clase de trabajo  a efectuarse (se debe realizar un análisis de riesgo previo).

3.8.- Las personas que ingresen a un espacio confinado  deben usar un arnés de seguridad conectado a una línea de vida esto para ayudar a los brigadista a rescatar al lesionado  en caso de un incidente.

3.9.- Un trabajador se mantendrá  a la expectativa  en el exterior  del  recipiente, sosteniendo el cabo de vida, provisto con equipos de protección  personal y de rescate , a fin de prestar ayuda  y auxilio inmediato, ante cualquier emergencia  que se le  presente al personal  que se encuentre en el interior del espacio confinado.

3.10.-  En caso de deficiencia  de oxigeno, se debe dotar  al  trabajador  de máscaras (respirador)  con líneas de aire proveniente  de cilindros  con aire comprimido o equipo de aire autónomo.

3.11.- El personal de operaciones debe considerar  que cuando el tanque se encuentre vacío se debe instalar en el manhold inferior  la  correspondiente tapa, la cual tiene estampada el  letrero acerca de la prohibición de entrada a un espacio confinado sin la correspondiente autorización o evaluación de seguridad.

4.- VENTILACION.




4.1- La ventilación forzada  de espacios confinados, es suministrar aire fresco  suficiente  para diluir  la atmósfera tóxica o inflamable  y aumentar el contenido de oxigeno.

4.2- Para remover gases tóxicos se requiere ventilar  con aire suficiente para tres cambios de volumen del recipiente. En todo caso  y para mayor seguridad, es recomendable  mantener la ventilación  mientras dure la operación.

4.3- Para trabajar en frío, como el pintar un tanque en su interior, la ventilación debe ser suficiente  para mantener en 0% el límite inferior de inflamabilidad. Durante los trabajos  en recipientes cerrados  es recomendable, siempre y cuando  sea posible humedecer la superficie  del recipiente para reducir  la formación y concentración de vapores.

5.- EN EL PROCESO DE VENTILACION SE DEBE INCLUIR LAS SIGUIENTES TÈCNICAS.

5.1- Todas las bocas de visita  deben ser abiertas  para facilitar  el libre  movimiento del aire.

5.2- El soplador para inyectar aire limpio  desde el exterior,  debe ser instalado  en un punto que no haya  posibilidades  de succionar   gases tóxicos  o inflamables.

5.3- El  esquema  de ventilación  a seleccionar (extracción, soplado o ambos sincronizados)  dependerá  de varios factores, incluyendo el tipo de trabajo, configuración del recipiente  y concentración de los gases tóxicos.

5.4- Los tubos de escape  de compresores  y otros motores a gasolina  o gasoil, usados durante el trabajo o para activar los sistemas de ventilación, deben ser colocados  lejos de los espacios confinados, vientos abajo.

5.5- Todo equipo de ventilación  debe ser conectado a tierra, sobre la estructura del recipiente  y deben ser revisados cuidadosamente  antes de ser  utilizado. Se deben  preferir equipos  de ventilación o extracción  construidos  con materiales anti chispas.
 
5.6- No se debe usar oxigeno  para ventilación  de espacios confinados. Debido  a que puede aumentar el rango de inflamabilidad.

6.- EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.


Aun cuando los controles  de ingeniería  (ventilación local, humedecimiento, aislamiento entre otros) logren reducir  los riesgos  a niveles seguros, se deberán usar  equipos de protección personal; arné corporal de seguridad, cabo de vida, casco de seguridad, mono lentes, guantes y botas según sea el caso.
7.- PROTECCIÓN RESPIRATORIA.

7.1- Deberá ser recomendada por una persona calificada, basada en los resultados  de las pruebas de gases.
7.2-  Líneas  con suministro de aire o uso de equipo autónomo se podrá usar cuando no sea posible ventilar adecuadamente los vapores tóxicos de los espacios confinados.
7.3- El uso de respiradores con cartucho podrá emplearse  solo en atmósfera que registren un porcentaje de oxigeno respirable (Máx.21% /  Min.19, 5 %)

 8.- CABO DE VIDA.

Se debe  dotar al trabajador  de un arnés  con línea de vida que facilite ubicarlo y rescatarlo en caso de emergencia.

 9.- ILUMINACIÓN.

9.1.- Las extensiones eléctricas  deberán estar equipadas  con resguardos  para evitar el contacto accidental  con el bombillo.

9.2.- Los cables de las extensiones eléctricas  deberán ser flexibles y resistentes. Las conexiones y el aislamiento  deberán estar en buenas condiciones.

9.3.- Las extensiones eléctricas  deberán ser de bajo voltaje  (12 ó 6 v), con cable a tierra.

9.4.- En espacios cerrados donde puedan existir  atmósferas inflamables, la extensión eléctrica deberá ser a prueba de explosión. (Intrínsecamente Seguro)
9.5.- El cable deberá estar  sin empates  y  suspendido adecuadamente  para evitar  fricciones y roturas.
9.6.- Una persona calificada  deberá inspeccionar  la fuente de potencia  y el cable para asegurarse  que están en buenas condiciones, y  que son adecuados  para el trabajo a efectuarse.

10.- LIMPIEZA CON SOLVENTES.

10.1.- Para la utilización de solventes,  se deberá primero consultar la hoja de seguridad del producto (MSDS)

10.2.- Los vapores deberán ser removidos  mediante la ventilación  mecánica  extracción.

10.3.- Cuando los solventes, pinturas y removedores  sean  capaces de producir atmósferas  inflamables  en condiciones de uso, deberán prohibirse abrir  fuentes de llama, producir arcos eléctricos  en el área y  deberán estar disponibles en el área de trabajo extintores de incendio.

10.4.- Una persona calificada  deberá chequear frecuentemente,  las condiciones para asegurarse,  que la ventilación es suficiente  para  mantener  la concentración de vapores  inflamables  en  0 %. (La frecuencia  de estos chequeos, se debe establecer en el permiso de trabajo).